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Editorial
Publicado: 2004-05-01

Dos miradas sobre las reglamentaciones para la prevención del alcoholismo

Resumen

En diciembre de 2003 fue sancionado en la Ciudad de Buenos Aires el Decreto 03/2003, que limita el expendio de alcohol entre las 23 y las 8 horas en los locales habilitados para su venta y consumo fuera del establecimiento (almacenes y supermercados) exceptuando de esta prohibición a locales habilitados para el consumo en su interior y aquellos que prestan servicio de entrega a domicilio.Se prohibe, además, la venta de alcohol en quioscos y locales destinados a prestar servicios a automovilistas. Debido a la polémica que esta resolución ha desatado hemos incluido en EVIDENCIA dos artículos con diferentes miradas sobre el tema.

Cómo citar

Chavez, M. (2004). Dos miradas sobre las reglamentaciones para la prevención del alcoholismo. Evidencia Actualizacion En La práctica Ambulatoria, 7(2). https://doi.org/10.51987/evidencia.v7i2.5474